Visado de nómada digital de Colombia 2026: requisitos, fiscalidad y cómo solicitarlo
Colombia tiene un visado formal de nómada digital para trabajadores remotos que cobran de clientes extranjeros, válido hasta dos años.

Colombia gestiona un visado formal de Visitante (V) de nómada digital para trabajadores remotos y autónomos que cobran de empresas extranjeras. Debes acreditar ingresos mensuales de al menos tres veces el salario mínimo colombiano, unos COP 5.252.715 (~USD 1.400) en 2026. Es válido hasta dos años. El visado en sí no te convierte en residente fiscal.
Visión general
Colombia tiene un visado de nómada digital genuino y formal. Es un subtipo del visado de Visitante (V), creado mediante la Resolución 5477 de 2022 de inmigración y administrado por el Ministerio de Relaciones Exteriores (la Cancillería). Permite a trabajadores remotos y autónomos extranjeros vivir en Colombia mientras trabajan para clientes o empleadores radicados fuera del país. Como se encuadra en la categoría de Visitante y no en la de Migrante (M), está diseñado para una estancia definida, no como un trampolín hacia la residencia permanente.
Para quién es
El visado encaja con dos perfiles. El primero son los empleados remotos y autónomos que prestan teletrabajo o servicios digitales desde Colombia para empresas y clientes situados en el extranjero. El segundo son los emprendedores que quieren poner en marcha un proyecto de contenido digital o de TI que sea de interés para Colombia. En la práctica, la gran mayoría de los solicitantes son del primer tipo: trabajadores remotos asalariados y contratistas independientes que quieren establecerse en Medellín, Bogotá o la costa manteniendo sus ingresos extranjeros existentes.
Requisito de ingresos (exacto)
Debes demostrar unos ingresos mensuales mínimos de tres veces el salario mínimo legal mensual colombiano (SMMLV). El SMMLV para 2026 es de COP 1.750.905, por lo que el umbral es de COP 5.252.715 al mes, aproximadamente USD 1.400 a los tipos de cambio de 2026. La cifra varía cada año porque el salario mínimo se reajusta anualmente, así que confirma el número vigente antes de solicitarlo.
- Los ingresos deben proceder de fuentes extranjeras, rastreables hasta empleadores o clientes fuera de Colombia.
- El umbral se verifica por mes, no en promedio. Cada uno de los últimos tres meses debe cumplir el mínimo de forma independiente; un solo mes bajo puede hundir la solicitud.
- Los empleados suelen acreditarlo con tres meses de nóminas más un contrato de trabajo vigente; los autónomos usan de tres a seis meses de extractos bancarios junto con facturas o contratos de clientes.
Tratamiento fiscal: ¿te convierte en residente fiscal?
No. Tener el visado de nómada digital no te convierte, por sí mismo, en residente fiscal colombiano. La residencia fiscal es una cuestión aparte, de presencia física, decidida por la autoridad tributaria (la DIAN), no por tu tipo de visado. Te conviertes en residente fiscal colombiano si estás presente en el país más de 183 días dentro de cualquier periodo de 365 días, continuos o no.
La distinción importa. Permanece menos de 183 días y, en términos generales, solo tributa la renta de origen colombiano, que para alguien que trabaja exclusivamente para clientes extranjeros suele ser poca o ninguna. Supera los 183 días y te conviertes en residente fiscal, gravado por tu renta mundial a los tipos progresivos de Colombia, y debes registrarte ante la DIAN, obtener un número de identificación tributaria (RUT) y presentar una declaración anual. No hay ningún tipo impositivo reducido especial asociado al visado de nómada digital. Ten en cuenta también que Colombia no tiene convenio sobre el impuesto sobre la renta con Estados Unidos, aunque sí tiene convenios de doble imposición con varios otros países, así que tu situación en el país de origen depende de tu nacionalidad.
Duración y renovación
El visado se concede con una vigencia de hasta dos años. No se renueva automáticamente. Cuando expira debes presentar una nueva solicitud o cambiar a otra categoría de visado. Como es un visado de Visitante (V), el tiempo pasado con él no cuenta para la residencia permanente colombiana (el visado de Residente, o R) ni para la ciudadanía. Si tu objetivo es el asentamiento a largo plazo, la vía adecuada es en cambio una de visado de Migrante (M).
Familia
Tu cónyuge o compañero permanente y tus hijos dependientes pueden incluirse como beneficiarios en el mismo estatus de visado. Cada beneficiario está sujeto a las mismas tasas gubernamentales que el solicitante principal, así que presupuesta las tasas de estudio y de expedición por persona, no por familia.
Cómo solicitarlo
- Confirma que cumples el umbral de ingresos vigente (3x SMMLV) y reúne de tres a seis meses de pruebas de fuentes extranjeras.
- Prepara la documentación de apoyo: pasaporte válido, foto de pasaporte, contrato de trabajo o contratos y facturas de clientes, extractos bancarios y prueba de un seguro de salud válido en Colombia. Traduce los documentos al español cuando se requiera.
- Crea una cuenta en el portal de visados en línea de la Cancillería (tramitesmre.cancilleria.gov.co) y completa el formulario de visa Tipo V de nómada digital.
- Sube tus documentos y paga la tasa de estudio (tramitación) de unos USD 55 al presentar la solicitud.
- Espera una decisión, normalmente en unos 5 a 15 días hábiles; responde con prontitud a cualquier solicitud de información adicional.
- Una vez aprobada, paga la tasa de expedición del visado (unos USD 178) dentro del plazo indicado, normalmente en torno a 10 días.
- Tras llegar, regístrate en Migración Colombia y obtén tu cédula de extranjería (documento de identidad de extranjero) dentro del plazo requerido para evitar multas.
Coste y plazos
| Concepto | Detalle (2026) |
|---|---|
| Requisito de ingresos | 3x SMMLV = COP 5.252.715 / mes (~USD 1.400), por mes, de origen extranjero |
| Tasa de estudio (tramitación) | Unos USD 55 por solicitante, pagada al presentar la solicitud (no reembolsable) |
| Tasa de expedición del visado | Unos USD 178 por solicitante, pagada al aprobarse |
| Cédula de extranjería | En torno a USD 60-65 tras la llegada |
| Tiempo de decisión | Aproximadamente 5-15 días hábiles tras una solicitud completa |
| Vigencia | Hasta 2 años; no se renueva automáticamente; sin vía a la RP |
| Residencia fiscal | No la desencadena el visado; la desencadenan 183+ días en cualquier periodo de 365 días |
Cómo te ayuda Expectat a lograrlo
El visado de nómada digital de Colombia es sencillo sobre el papel, pero es en las cuentas donde la gente se equivoca. Que valga la pena o no depende de cuántos días planeas pasar en el país y de lo que te costaría la tributación mundial. Tomamos esa decisión contigo antes de que presentes nada.
- Mapeamos tu situación y tus cifras: fuentes de ingresos, días previstos en Colombia y dónde quedarías respecto al límite de los 183 días de residencia fiscal.
- Estructuramos la prueba de tus ingresos extranjeros para que supere en la primera presentación la prueba mensual del triple del salario mínimo, y coordinamos la parte fiscal si vas a cruzar a la residencia ante la DIAN.
- Ejecutamos sobre el terreno con socios locales de confianza para la presentación, la traducción, el registro y la cédula de extranjería.
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Preguntas frecuentes
¿Colombia tiene realmente un visado de nómada digital?
Sí. Es un subtipo formal del visado de Visitante (V), creado mediante la Resolución 5477 de 2022 y expedido por la Cancillería para trabajadores remotos y autónomos que cobran de empresas extranjeras.
¿Cuánto necesito ganar para calificar?
Al menos tres veces el salario mínimo mensual colombiano. Para 2026 eso son COP 5.252.715 al mes, unos USD 1.400, y los ingresos deben proceder de fuentes extranjeras y cumplirse en cada uno de los meses recientes, no en promedio.
¿El visado de nómada digital hará que pague impuestos en Colombia?
No por sí solo. Te conviertes en residente fiscal colombiano, gravado por tu renta mundial, solo si pasas más de 183 días en cualquier periodo de 365 días. Permanece por debajo de ese límite y, en general, solo tributa la renta de origen colombiano.
¿Puedo llevar a mi familia?
Sí. Un cónyuge o compañero permanente y los hijos dependientes pueden añadirse como beneficiarios, pero cada uno paga las mismas tasas gubernamentales que el solicitante principal.
¿El tiempo con este visado conduce a la residencia permanente?
No. Es un visado de Visitante válido hasta dos años y no cuenta para el visado de Residente (R) de Colombia ni para la ciudadanía. Para el asentamiento a largo plazo necesitas en cambio una vía de visado de Migrante (M).
Fuentes oficiales y gubernamentales
Las reglas cambian — confirma siempre la situación actual con la autoridad competente:
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