Glosario
Impuesto mínimo global (Pilar Dos)
Un marco de la OCDE que impone un tipo mínimo efectivo del impuesto de sociedades del 15% a los grandes grupos multinacionales (facturación superior a 750 M€), limitando la ventaja de las jurisdicciones de muy baja tributación.
Según las normas del Pilar Dos de la OCDE, los grupos multinacionales con una facturación consolidada superior a 750 millones de euros deben pagar un impuesto de sociedades efectivo de al menos el 15% en cada jurisdicción en la que operan. Si un país los grava por debajo, otro país puede “completar” la diferencia.
Por qué importa
Para los grandes grupos, el Pilar Dos difumina la ventaja de las jurisdicciones al 0% y de baja tributación. Para la mayoría de fundadores y pequeñas empresas por debajo del umbral de 750 M€ no se aplica, pero marca la dirección del cambio, y es la razón por la que los tipos nominales de impuesto cero vienen cada vez más con condiciones.
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